La INGENIERÍA INFORMÁTICA, EXCLUIDA (o no incluida) en el REAL DECRETO 1837/2008, de 8 de noviembre.
El plazo límite para la interposición del Recurso Contencioso-Administrativo, contra el Real Decreto 1837/2008, es el 20 de Enero de 2009.
ALI en su última reunión de la Junta Directiva, acordó:
1. Apoyar las movilizaciones anunciadas para el próximo día 18 de Diciembre, en Madrid, convocadas por los Estudiantes de Ingeniería e Ingeniería Técnica en Informática RITSI. DEBEMOS ACUDIR TODOS.
El recorrido parte en el Paseo de la Castellana, a la altura del Santiago Bernabeu, y llega hasta el Ministerio de Industria, en Paseo de la Castellana, 160 (pza Cuzco) por el carril derecho.
2. Presentar la correspondiente DEMANDA de IMPUGNACIÓN del REAL DECRETO 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo, de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado, por la NO INCLUSIÓN (o exclusión) DE LA INGENIERÍA EN INFORMÁTICA.
No caigamos en más engaños, NO DEBEMOS EMPEZAR EN EL 2009 EL PLAN DE ESTUDIOS DEL NUEVO ESPACIO EUROPEO DE EDUCACIÓN SUPERIOR SIN HABER RESUELTO DEFINITIVAMENTE LA REGULACIÓN DE LA PROFESIÓN DE LA INGENIERÍA EN INFORMÁTICA.
¡CONTAMOS CON VOSOTROS!
SE ACABA EL TIEMPO, TENEMOS HASTA EL DÍA 10 DE ENERO DE 2009, PARA RECAUDAR LA CANTIDAD ECONÓMICA SUFICIENTE QUE NOS PERMITA PRESENTAR EL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ESPECIFICADO EN EL BLOQUE DE LA DERECHA.
Ingresa en la cuenta 2100 3877 36 0200061254
NO LO DEMORES, HAZLO YA